"Derechismo" y "Deberismo"
Evaluación no jurídica de la Constitución Política de Colombia
(tema de enero)
(tema de enero)
Para los que nos gusta opinar, vale decir, todos los seres humanos, los 20 años de "edad" que está cumpliendo nuestra Constitución Política son a la vez una interesante invitación y un ineludible reto a opinar. Esa norma de normas a todos nos obliga por igual y por lo tanto, en el ámbito de los deberes, a todos nos debería interesar, puesto que quienes pertenecemos a una comunidad con la que debemos convivir y a la que debemos respetar, nada debería interesarnos más que conocer los deberes que estamos obligados a cumplir.
Y a eso voy. Ése es mi tema. Dándole un nuevo uso y significado a la palabra 'derechismo', mi tesis es que nuestra Constitución Política es excesivamente derechista, pero no en el sentido de derecha e izquierda que poco significado tiene en el mundo de hoy, sino en el sentido de derechos. Nuestra Constitución se ocupa demasiado de los derechos y muy pero muy poco de los deberes. Es muy poco "deberista", para decirlo con este neologismo que me he inventado para el caso. ¿Por qué lo digo? respondámoslo en cifras, que es la manera más objetiva de medir algo, cuando ese algo nos lo permite.
El "Título II - De los derechos, las garantías y los deberes" es el segundo más largo de la Constitución (22 páginas en la edición que yo tengo) después del "De la Rama Judicial" (29 páginas). Y está agrupado en 72 artículos (del 11 al 82) dedicados a los derechos, 12 (del 83 al 94) a las garantías, destinadas a proteger esos derechos y en cambio uno solito (el 95) a los deberes. La proporción exacta queda así: 21 páginas con 84 artículos dedicados a los derechos y garantías y 24 renglones de los 38 que tiene cada página (63% de una página) con un solo artículo dedicado a deberes.
Estas cifras son las que me permiten afirmar sin asomo de dudas que la Constitución Política Colombiana es demasiado "derechista", en el sentido de que se ocupa demasiado de los derechos y muy poco de los deberes.
Y como si fuera poca la desproporción, un alto procentaje, que ya veremos cuánto es, de estos derechos son calificados como derechos fundamentales, que son los que están por encima de cualquier consideración en contrario. Si asumimos que cada artículo se refiere a un derecho en particular, de los 72 artículos dedicados a derechos, 46 son derechos fundamentales (más del 60%). ¡No hay derecho...!
Una primera explicación a esta desproporción, explicación a lo mejor errada e ingenua, es que fue redactado principalmente por profesionales del Derecho, y el 'Derecho', como su nombre claramente lo indica, se ocupa de los derechos. Nadie contrata a un Abogado para que le permitan cumplir con sus deberes sino para que le sean respetados sus derechos. Un poco literal la explicación pero impecable.
Una segunda explicación, bienpensada y generosa, es que la sociedad avanza sólo cuando a los ciudadanos se le respetan sus derechos. Pero en esa lucha por los derechos de las personas, que en nuestro medio ha sido un mérito muy destacado del Partido Liberal Colombiano, digámoslo con toda justicia, se olvidó que los ciudadanos, aparte de los derechos que pueden ejercer, tienen deberes que deben cumplir y este desenfoque nos llevó a redactar una Constitución en la que los derechos y los deberes están en una proporción de 84 a 1 respectivamente amén... ¡Qué desproporción! ¡Qué despropósito!
Esquematizando y a la vez rebautizando estas tendencias, bien podríamos cambiar la tradicional denominación partidista del pensamiento político colombiano que en el pasado estuvo dividida en Liberalismo y Conservatismo y que se materializó de una manera curiosa en nuestro escudo con el emblema de "Libertad y Orden", en el nuevo duo "Derechismo y Deberismo" entendidos estos dos términos en la forma como ha quedado explicado arriba. Si se aplican estos apelativos y según las necesidades del momento, ¡me declaro Deberista desde ya!
Debe entenderse que estas posturas no son excluyentes: quien le da prioridad a los derechos, no rechaza los deberes ni viceversa. Es cuestión de énfasis y en cada momento histórico el énfasis puede requerirse en una dirección distinta. No se tiene que ser Derechista ni Deberista para toda la vida. Con la controversia entre estas dos tendencias construiremos una sociedad más justa, gracias al respeto a los derechos de las personas pero viable, gracias al cumplimiento de los deberes.
Pero digamos algo más antes de cerrar el debate, ahora con respecto a la "fundamentalidad" de muchos de los derechos consagrados en nuestra Constitución. Les he leído u oído decir a algunos autores, ellos sí expertos juristas, que la Constitución Política Colombia se había excedido en derechos fundamentales. El debate a que me refiero se planteó así: yo afirmaba, citando a expertos, que la Corte Constitucional había desbordado sus propias funciones y había entrado a legislar. Mi otro amigo experto me decía: no es eso, es que la Constitución se excedió en derechos fundamentales y una vez que un derecho es declarado fundamental, es deber de la Corte Constitucional derogar "todas las normas que le sean contrarias" como rezan los textos legislativos.
Independientemente de la explicación, la verdad es que la Corte Constitucional sí está legislando. Que nueve señores, que ciertamente no representan la voluntad directa del pueblo colombiano sino su propio pensamiento, porque no fueron elegidos por votación sino nombrados, implanten motu proprio y sin la participación de nadie más, leyes nuevas tan sensibles y polémicas como por ejemplo la de la despenalización del aborto, que independientemente de que uno esté o no de acuerdo, en otros países donde rige esta norma se han gastado varios lustros en debates abiertos en los que participan todas las fuerzas vivas de un país, me parece, para llamar las cosas por su nombre, un abuso de poder. No tiene que ver nada con que la ley sea buena o mala, conveniente o inconveniente, ni si el exceso proviene de la propia Constitución o de las actuaciones de la Corte. Han desbordado las funciones que la Constitución les dio.
ÑAPA. Corte Constitucional: ¡corten!
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